martes, 11 de agosto de 2015

Respuesta a "Entrevista a la juez del “caso Sara Calleja” (lo que me hubiese gustado leer)"


He leído "Entrevista a la juez del “caso Sara Calleja” (lo que me hubiese gustado leer)" firmada por Chris Werckmeister en el blog "Efecto medusa" https://efectomedusa.wordpress.com/2015/08/10/entrevista-a-la-juez-del-caso-sara-calleja-lo-que-me-hubiese-gustado-leer/ y no puedo dejar de hacer una serie de reflexiones. En primer lugar, como no podía ser de otra forma, y no porque uno sea muy listo (que no lo soy) ni esté especialmente  sensibilizado al respecto (que sí lo estoy) he de decir que la violencia machista existe, que es una lacra social, que es un problema gravísimo y que todos los esfuerzos que se hagan por combatirla son pocos. Y llego a esa conclusión porque tengo ojos. Así que ruego por favor no me confundan con otros que niegan alguno de los anteriores asertos.  Creo que coincido por tanto con el autor /autora de la entrada en su preocupación por la situación existente y en su voluntad de solucionarla y soy plenamente consciente de que el artículo plantea un ideal difícilmente alcanzable.  

Ahora bien, considero respetuosamente que en el fondo del artículo late cierto desconocimiento del papel de un Juez en un Estado social de derecho en general y de las posibilidades de un Juez en el entramado judicial español en particular. Da la sensación de que el autor/autora proyectara un retrato idealizado de la Juez como una especie de Super Woman, mezcla de jueza, policía, detective, fiscal, psicóloga, forense, asistente social, consejera, confesora, abogada y  asesora, en la que deben concurrir además virtudes como la especialización, la asertividad, la proactividad, el activismo contra la violencia machista, la empatía, el dominio de los medios de comunicación social y una oratoria digna de Demóstenes. Sinceramente, falta solo que se le exija el carnet de camiones y ambulancias.   Y la coda del artículo me parece desafortunadísima y terriblemente injusta. Debiendo dejar constancia de que no soy amigo de la Jueza en cuestión, no la conozco de nada y no me consta que tengamos amigos comunes. 

Dejo en la grafía normal las respuestas originales, en negrita las añadidas por el autor/autora y en cursiva mis comentarios al respecto:



Pregunta: ¿Cómo se siente anímicamente?
Respuesta: Me siento desolada. Está claro que hemos fallado. Si ella escribe que su vida estaba en mis manos, de entrada yo la creo. De hecho, dos de cada 10 víctimas de violencia de género a intentado suicidarse. Es un fenómeno que conocemos y sobre el que deberíamos estar mucho más vigilantes. Ya está bien que se traiga a colación el estereotipo de “mujer manipuladora” a cada momento, incluso para una trágico suicidio. No podemos ser tan egoístas. (Se pretende que la Jueza asuma como propia una culpa supuestamente colectiva y  se autoflagele llamándose egoísta. Lo de la "mujer manipuladora" no se entiende, porque en la entrevista original nada se dice al respecto y quien esto escribe, nada ha leído  en ese sentido en los artículos de prensa. Se pretende además que aliñe sus respuestas con datos estadísticos. dando por supuesto que es una experta conocedora de los mismos,  los tiene a su disposición en el momento de la entrevista y que la ha preparado convenientemente un par de días asesorada por el Gabinete de comunicación del TSJ de Castilla y León )  
Vamos a analizar a fondo el caso de Sara y hacer autocrítica en todo lo necesario. Ya hemos convocado una mesa multidisciplinar de todos los estamentos involucrados, tanto profesionales como sociales y políticos, para abordar inmediatamente en qué hemos fallado en este caso concreto y qué cambios debemos realizar en todos los demás casos desde ya. A diez años de la ley de violencia de género, es necesario un pacto de estado, porque algo está fallando, cuando llevamos más de 700 mujeres asesinadas. (Es decir, se atribuye a la Jueza de un Juzgado de León la capacidad de hacer autocrítica en nombre del sistema entero, de convocar mesas multidisciplinares- se entiende que a nivel nacional- y de pedir nada menos que un pacto de estado. Y claro, uno pregunta: todas esas cuestiones, absolutamente necesarias y loables, ¿no las deberían plantear y desarrollar el Consejo General del poder judicial a través de su Observatorio de la violencia domestica y de género;  el Ministerio de Justicia;  el Ministerio del Interior; el Ministerio de asuntos sociales; las Comunidades autónomas a través de sus consejerías de justicia, gobernación, asuntos sociales  y sus distintos Observatorios;  las entidades locales que han desarrollado idénticos observatorios;   la Fiscalía especializada en violencia de género; el Consejo de la Abogacía española; los partidos políticos, sindicatos, asociaciones judiciales y resto de Entidades, fundaciones y organismos dedicados a la materia? No, parece que es cosa de la Juez de León, que es muy dejada)  
Está claro que aunque trabajamos mucho, cuando ves que no da los resultados, hay que redoblar los esfuerzos. No podemos poner excusas ni permitir tales pesadillas. Por ejemplo, cuando ponemos todos los medios pero la mujer vuelve con su pareja, debemos extremar la vigilancia, continuar a su disposición y comprender las fuertísimas dinámicas que operan en las diferentes fases de la violencia de género. Este fenómeno es conocido y está ampliamente estudiado como parte de la violencia patriarcal. Responde a la fase de “luna de miel” del ciclo de violencia. Cuando conoces al acusado, comprendes aún más que hay que extremar esta vigilancia. (Lo dicho, súper Woman, una Juez proactiva, con fuertes conocimientos teóricos y activista. Pues bien, no se si el autor/autora sabe que en España los Juzgados de violencia de género no son especializados en el sentido de que exijan por parte del Juez la demostración de conocimientos específicos -ni siquiera existe la especialidad como tal-  sino simplemente la realización de un breve curso teórico y práctico de 15 días - como en social y contencioso-. Que deberían serlo, sería conveniente. Cuanta más especialización, mejor. Pero no lo son. Que conste.) 
P. ¿Por qué?
R. Es fácil de explicar. No es un personaje peculiar. Ejemplifica el modelo clásico de hombre maltratador que llevamos décadas estudiando. El hecho de que se dedicara a “darle” a Sara en Facebook está tipificado como acoso. Las violencias hay que nombrarlas por lo que son. Si no, corremos el riesgo de minimizarlas o incluso legitimarlas. El hecho de que también nos acosara a mí, a la fiscal …. esto me solidariza aun más con Sara. En concreto se trata de ciberacoso, y está estudiado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. A la madre le dejaba cosas en el portal: bombones, flores… pero sabemos que esto forma parte del modus operandi de los ciclos de violencia de género, la luna de miel, que he mencionado.  (Todo un párrafo destinado a mostrar sus profundos conocimientos en la materia, que parece deben servir de consuelo pese a que dice que el sistema ha fracasado estrepitosamente. Esto es, no solo se exigen los conocimientos, sino que los demuestre en las entrevistas) 
P. ¿Cómo vivió usted todo el proceso de Sara?
Si hay algo que me chocó de la carta de Sara fue que estuviera tan desesperada que se quitara la vida, aunque como digo, se conoce el alto peligro de intento de suicidio y esto es algo que la ayuda psicológica que recibió debía haber tenido en cuenta. Me dolió no haber hecho más. Ella dijo que yo era fría y no había sentido empatía. Lo siento muchísimo. Es una lección que me tengo que aplicar, porque no es suficiente con tomar la declaración personalmente. Más allá de mano izquierda y tacto, es importante que todas las personas que estemos en contacto con las víctimas tengamos una sólida formación en violencia de género y por descontado, la empatía es nuestra asignatura pendiente. Repetimos una y otra vez que para salir de la violencia de género las mujeres tienen que denunciar, pero ¿qué ocurre cuando denuncian? Eso es lo que nos tenemos que preguntar.
En el caso de Sara, a pesar de las medidas que tomamos (órdenes de protección, atención psicológica, asesoramiento en ayudas), cada vez que iba al juzgado la veíamos más demacrada. No fuimos capaces de reconocer que la ayudas y medidas no estaban funcionando. 
Creo que Sara empezó a sentir que yo no sentía empatía cuando nos dijo que este señor la había denunciado al INEM y nos pidió que quitáramos la denuncia, que ella no tenía para comer. Esto es muy alarmante pero no supimos verlo. El declive empezó cuando en el INEM admitieron la denuncia y encima a ella le pusieron una multa (Otra vez la Jueza de León como un titán echándose a las espaldas los fallos del sistema, como un Pepito grillo omnisciente. Dicho sea de paso, cuando el que escribe pasó por un Juzgado de instrucción hace más de 10 años, en cuyas competencias estaba la violencia de género, de una localidad de más de 50 mil habitantes, ni psicólogos, ni asesoramientos, ni nada. Me congratula ver que se ha mejorado)

P. ¿Y qué le parece a usted eso?
R. Mi opinión es que este es un delito de violencia económica, definido en todos los estudios sobre la violencia de género. Tendríamos que haber coordinado con el INEM para investigar a fondo la denuncia porque está claro que formaba parte de la estrategia de maltrato y podría ser incluso una denuncia falsa. La coordinación interinstitucional es otra de las tareas pendientes para mejorar la lucha contra la violencia machista. No debemos escudarnos es las competencias que delimitan nuestro tarea para no trabajar en una coordinación transversal. (Todo lo anterior llevado al paroxismo, Superjueza contra el sistema mierder. Y lo peor de todo, la parte que creo más discutible y endeble del artículo, la referencia a que la denuncia que se formula al INEM podría ser falsa. Falsedad que en todo lo que he leído sobre el asunto en ningún lugar se sugiere en modo alguno. Dejando de lado que se considere que el INEM pueda ser tan impresentable e incompetente de dar valor a una denuncia falsa,  por lo que se puede deducir de la poca información existente, hay un cobro de algún tipo de prestación incompatible con otros ingresos y que existen esos ingresos. Parece ser, repito, todo son deducciones sin sustento real. En todo caso no consta ni siquiera que se recurriera esa sanción del INEM. Con lo cual, suponiendo que la denuncia no fuera falsa, no se entiendo qué tipo de coordinación se podría haber realizado y qué consecuencias hubiera tenido. Dicho de otra forma, o se tenía derecho a la prestación o no se tenía. Y responsabilizar en cualquier caso a una Juez de violencia de género me parece cuando menos excesivo. A uno se le ocurren otros organismos que podrían realizar esa "coordinación" )
P. ¿Qué es lo que más le impresionó del caso de Sara?
R. Cuando lo vi a él. Es un personaje que, a pesar de todo lo que hacía, cuando llegaba al juzgado lloraba como un niño. Decía que la quería, que quería volver con ella. Tenía un perfil típico de ‘si no estoy contigo, no puedo estar con nadie más’. Un tío listo. Un tío de 1,90 que se te ponga a llorar después de lo que ha hecho…
Con sus lagrimas trataba de hacernos empatizar con él cuando tendríamos que haber empatizado con Sara. Es una conducta típica, más que conocida en los estudios de VG. Desde luego, cuando se trata de cualquier otro crimen, las lágrimas de un acusado no van a conmover a un tribunal y aquí tampoco debería.
Sin embargo, al final él ha sido el más listo porque, a pesar de cumplir el perfil de misógino maltratador a la perfección, aún así no fuimos capaces de defender a Sara. De hecho aún podemos ver en su perfil de Facebook sus opiniones misóginas. (Parece sugerirse que le conmovieron las lágrimas, cuando el primer párrafo parece bastante clarito en el sentido contrario: se define a un tipo de maltratador . Pero el autor/autora exige que se reitere, se subraye todo varias veces) 
P. ¿Y qué piensa del material con el que usted se encontró, las amenazas, las coacciones, el acoso?
R. Es típico de violencia de género. A veces eran insultos y a veces ‘te quiero’ y ‘perdóname’. No me llamó la atención porque es típico de la violencia de género. No había dudas. (Otra vez el subrayado, el "ya lo sabía yo")
P. Usted es la responsable de la primera orden de detención de Christian. ¿Cómo hicieron para detener a alguien que no vivía habitualmente en España?
R. Yo, aun sin oírle a él, dicté una medida cautelar, una orden de protección, porque había riesgo y peligro para Sara. Pero como no podíamos notificársela personalmente porque él no estaba aquí no tenía eficacia. Él es belga y lo normal es una comisión rogatoria para que se lo notifiquen. Pero como van muy lentas, yo hablé con el Servicio de Atención a la Familia (SAF) de la Policía Nacional, que estuvo muy pendiente del caso, y juntos tratamos de notificarle la orden de alejamiento a través de Interpol para que fueran a su casa. Incluso desde el juzgado y desde la Policía le llamábamos por teléfono, pero él decía que no era él, daba evasivas. Al final, por si no era efectivo, acordé una orden de detención para que en el momento que pusiera un pie en España todas las Fuerzas de Seguridad estuvieran sobre aviso y se le detuviera.
P. Y por fin ocurrió…
R. Sí. Él vino a León y se le detuvo. Se le notificó la orden de alejamiento por sus amenazas. Pero luego la quebrantó con coacciones y amenazas. El juzgado que estaba de guardia ordenó su detención y le impuso una prohibición de entrada en León y una pulsera telemática de control. Y se aumentó la distancia de alejamiento. Él vivía en Bélgica, pero de vez en cuando venía a León. Él no vivía en León, la que vivía en León era Sara. Aquel juzgado se inhibió a favor del mío, porque era el competente.
P. ¿Y qué pasó?
R. Que este señor volvió a quebrantar la orden por coacciones y amenazas, como siempre por Facebook, mails o mensajes. Como eran dos quebrantamientos y la medida más gravosa que la prohibición de entrada y la pulsera era la cárcel, lo envié a prisión como preventivo. Lo hice para proteger a la víctima, porque la pulsera no había funcionado. Él iba a León y además seguía molestándola a través de Facebook rompiendo la prohibición de comunicarse con ella. Luego, el juzgado de lo Penal le condenó a nueve meses de prisión.
P. Sara decía que incluso estando en la cárcel y después de quedar en libertad, Christian la seguía acosando con mensajes, llamadas y cartas. ¿Por qué no actuó usted de oficio ante ello?
R. Es que yo no tenía constancia de eso. Yo, a partir de diciembre de 2014, no tengo ni idea de los pasos de este señor, pero vamos a abrir una investigación porque sabemos que Sara puso denuncias El 18 de mayo y el 16 de junio, tres semanas antes del final, que fue a comisaría, que llevó pruebas pero no recibió respuesta. Esto es muy grave. No podemos echarnos la pelota de unos a otros. Él cumplió su condena, pero no cesó el maltrato. Bueno, ha cumplido su condena de ese procedimiento, pero hay más.
(Y aquí quiero hacer un inciso. Es revelador y concluyente que en las preguntas centrada en las vicisitudes procesales del asunto, única  cuestión en que la Juez tiene verdadera competencia, no se hace añadido alguno. Porque la actuación es irreprochable, y si se me permite, brillante, llevando la protección a sus mayores extremos posibles, con una actuación  proactiva y diligente. Y si la denuncias no se comunican al Juzgado, como dice, ¿qué se pretende exactamente que haga, aparte de investigar a toro pasado?) . 

P. ¿Hay más? ¿Entonces Christian C. tiene alguna cuenta que saldar con la Justicia?
R. Le respondo: Él ha cumplido por un procedimiento, pero tiene cinco. Yo he enviado al Juzgado de lo Penal cinco procedimientos abreviados por amenazas, coacciones, quebrantamientos etc. He vuelto a estudiar todo el expediente y, como Juez, tengo toda la documentación a mano y disponible. Es algo que realmente me preocupa y que todo el mundo debería saber. Hay más procedimientos, y debemos estar al tanto de cómo están ya que tienen relación directa con el caso que yo sigo. (El autor/autora supone que la entrevista se ha solicitado con días de antelación y la Jueza ha tenido tiempo y ocasión de recopilar todas las causa referidas al mismo individuo. Y que los Jueces tenemos a mano toda la documentación disponible. Aquí se entra directamente en la ciencia ficción. Y ese "debemos estar al tanto". Según la página web del CGPJ  http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Violencia%2Ddomestica%2Dy%2Dde%2Dgenero/Actividad%2Ddel%2DObservatorio/Datos%2Destadisticos/La%2Dviolencia%2Dsobre%2Dla%2Dmujer%2Den%2Dla%2Destadistica%2Djudicial%2D%2DDatos%2Danuales%2Dde%2D2014 en el año 2014 ingresaron en el Juzgado de VG de León 715 asuntos. 715. 715 dramas y 715 historias. Se pretende que un Juez de violencia de género - lo que se supone será ampliable a todos los jueces de instrucción, social, contencioso, de menores, vigilancia penitenciaria…-  sigan TODAS las vicisitudes de TODOS los casos, o si se quiere, de los especialmente peligrosos. ¿Tiene idea el autor/autora de lo que está pidiendo al Juez? ¿Que el día tiene 24 horas solo? ¿Conoce la entrada de asuntos en España? ¿El volumen de los Juzgados de VG?  ¿La ratio jueces/habitantes? Máxime cuando parece razonable entender que un VG TODOS los casos -715- son importantes- ¿Por qué se centra en el Juez? ¿Sabe las limitaciones de un Juez de instrucción, impuestas por la Constitución y las Declaraciones de derechos humanos?  Se me va a decir: ya está echando balones fuera. No, se está pidiendo, reclamando, exigiendo, explicando. Las plazas de jueces, el número de juzgados, de funcionarios, de fiscales, de policías, de asistentes sociales, de forenses, de psicólogos, no lo decidimos los jueces. Ni los Abogados. Ni los expertos. Diríjase a ese otro negociado. Sí, ese en el que está pensando.715"
Creo recordar que el último que yo puse es de marzo de este año. Se dictó una orden de alejamiento, una orden de protección con pulsera y prohibición de entrada. Y después ingresó en la cárcel. Esto contradice lo que acabo de decir en la respuesta anterior, (que a partir de Diciembre de 2014 no tengo ni idea de los pasos de este Señor), así que es un ejemplo más de la atención que debemos poner en estos asuntos tan graves. (SuperJuez se contradice, pero por Dios, qué disparate. Eso le pasa por no tener Jefe de Gabinete ni asesores, a quién se le ocurre)
P. De acuerdo, él fue detenido, llevó una pulsera telemática e ingresó en prisión por un procedimiento. Pero si quedan más procedimientos por todo el proceso histórico de acoso a Sara y están abiertos en el juzgado de lo Penal, ¿Christian C. ha cumplido por todo lo que le hizo a Sara Calleja o no?
R. Si me pregunta si hay más procedimientos y por ellos puede ser condenado, la respuesta es sí. Puede ser condenado.
P. La familia de Sara y la Fiscalía están valorando la figura de la inducción al suicidio. ¿Cabe la posibilidad de la imputación de ese delito?
R. No me puedo pronunciar, pero desde luego se investigará. ( Vuelve el subrayado, el énfasis)
P. ¿Y el de quebrantamiento de la prohibición de comunicarse y el de violencia psíquica habitual?
R. Tampoco puedo pronunciarme. Esos nueve meses de prisión llevaban implícitos una prohibición de acercarse y comunicarse. No sé hasta cuándo llegaba esa prohibición… pero se va a investigar para que este tipo de hechos no se produzcan. (Idem. Aunque no se sabe muy bien qué es lo que hay que investigar)
P. Hasta 2019.
R. Pues entonces, si se ha comunicado con ella, hay un quebrantamiento de condena, no de medida cautelar. Efectivamente, y esto es muy grave y está tipificado en el código penal. (Redundante)
P. Por su experiencia en el juzgado de Violencia contra la Mujer, ¿diría que Christian es un maltratador de género?
R. Ha sido condenado por un delito de maltrato en el ámbito familiar, o sea, por un delito de violencia de género. Eso significa que es, desde luego, un maltratador de género. Como juez que le ha condenado conozco el caso a fondo y por ello me corresponde y puedo decirlo. (Vamos, lo que viene siendo ponérselo a huevo -con perdón-  a la defensa para que la recuse e intente anular todo el procedimiento. Una Juez instructora llamando maltratador a un imputado. Un bombón para un Abogado defensor medianamente instruido. La imparcialidad objetiva y subjetiva, que se llama. El Abogado ante el Juez de lo penal con la entrevista en la mano y una sonrisa )  
P. ¿Este caso se debe cerrar porque Sara haya muerto?
R. Esa decisión corresponde a la Fiscalía. Una de las funciones del Ministerio Público es investigar. La Fiscalía debe investigar. Yo desconozco qué ha pasado después de que este señor saliera de la cárcel, pero los delitos que haya podido cometer, por supuesto que se deben investigar, independientemente de que la víctima esté muerta. No debe quedar impune. (Voluntarismo, quedar bien  a toda costa, siempre a toro pasado, claro. Ventajismo creo que lo llaman) 
P. ¿Usted se siente satisfecha de lo que hizo?
R. No. Está claro que desde el momento que nos entró la primera denuncia, Sara no estuvo totalmente protegida. No tuvo suficiente apoyo de la Policía, de la psicóloga, de los forenses, del juzgado. Todos los medios que ofrece la ley se le aplicaron, pero no fueron suficientes.
*Agradezco a los periodistas de El Mundo RAFAEL J. ÁLVAREZ y ANA CABANILLAS sus preguntas certeras, que han expuesto a las

sábado, 11 de abril de 2015

Manifiesto de Juntas de Jueces de lo social


Las Juntas de los Juzgados de lo Social de Barcelona, Madrid, Valencia, Bilbao, .... XXXXXXX, consideran imprescindible poner de manifiesto ante el Consejo General del Poder Judicial, y ante la opinión pública en general, la gravedad de la situación actual de los Juzgados de lo Social. Se quiere poner de relieve que si, por quien corresponda, no se toman medidas urgentes en orden a la adecuación de la carga de asuntos con la planta judicial, la situación se va a cronificar y en el futuro será irreparable. Al efecto interesa a las aludidas Juntas exponer lo siguiente:

1) Es un hecho notorio el incremento que ha experimentado la entrada de asuntos en los Juzgados de lo Social. Los datos numéricos concretos le constan sobradamente al CGPJ a través de los informes y propuestas reiteradas del Servicio de Inspección. Se superan en muchos partidos hace años, y ampliamente, los módulos de entrada que en su día se fijaron por el CGPJ, llegando a más de un 150% de entrada. La pendencia no ha dejado de incrementarse de forma exorbitante, y resulta materialmente imposible ya conseguir su reducción, dado que siguen registrándose muchos más asuntos de los que se pueden resolver. 

2) Además, se quiere destacar que no es acertado, ni realista, valorar la ya de por sí excesiva carga de trabajo con criterios exclusivamente cuantitativos. Debe igualmente tenerse presente que el progresivo incremento de la complejidad de los procesos, iniciado hace ya años, se ha acentuado a raíz de la reforma procesal de 2011 (con el mayor garantismo de la nueva Ley Reguladora de la Jurisdicción Social) y la hiperjudicialización derivada de la Reforma Laboral de 2012. El expuesto salto cualitativo en la complejidad se concreta, entre otros, en los siguientes factores:

Acumulación subjetiva de acciones que, hasta ahora, requerían procedimientos independientes.
Generalización de medidas cautelares y de peticiones de prueba anticipada.
Radical disminución de las conciliaciones en los despidos (por la eliminación de los salarios de tramitación y su efecto disuasorio).
Litisconsorcios pasivos cada vez más amplios, con mayor número de alegaciones y prueba (en base a las múltiples causas de postulación de extensión de responsabilidad: grupo de empresa, levantamiento del velo, accidentes del trabajo, etc.).
Proliferación de la invocación de vulneración de derechos fundamentales.
Generalización en la invocación de normas internacionales y/o comunitarias.
Superada la fase inicial de la crisis, los juicios en rebeldía (“confesas”) han disminuido notablemente. 
La evolución normativa y jurisprudencial permanente obliga a revisar en todo momento criterios que ahora pueden quedar obsoletos en pocos meses (cuando antes duraban años). 

3) La expuesta problemática ha derivado en que los plazos de señalamiento se hayan vuelto absolutamente irrazonables, ello pese a la progresiva mayor dedicación horaria de los Magistrados de lo Social, que dictan hace años más sentencias de las que suponen el 100% del rendimiento de ellos esperado. Las cuestiones ventiladas ante la jurisdicción social atienden en su mayor parte a aspectos básicos para los justiciables (prestaciones de Seguridad Social, despidos, impagos de salarios) que en muchas ocasiones condicionan de forma radical su forma de subsistencia. En estos términos, el señalamiento de un juicio a uno, dos, tres o incluso cuatro años vista, supone sencillamente una frontal contravención del mandato constitucional de ofrecer una tutela judicial efectiva. El servicio público que se debe ofrecer resulta sencillamente penoso en esas condiciones.

4) Intentando dar solución a la problemática se han tomado medidas puntuales de refuerzo que han podido tener alguna eficacia en grandes núcleos y con respecto a grandes cifras, pero que no han supuesto una incidencia apreciable ni en la carga de trabajo de los Juzgados, ni en la pendencia que arrastran, ni en los plazos de señalamiento, ello al margen de los problemas organizativos en la misma oficina judicial que han supuesto. Incluso se produjo una problemática relativa a la sensación de discriminación en los justiciables obediente a la rapidez con que se señalaban los asuntos asignados a los comisionados respeto de los que debía conocer el titular. En función del día en que se presentaba la demanda el plazo de señalamiento podía pasar de dos meses a un año. Nuevas propuestas en la misma línea no harán variar en un ápice la situación de grave deterioro generalizado de los Juzgados de lo Social.

De acuerdo con lo expuesto, la situación actual nos aboca a la dilatación en los plazos de señalamiento de los juicios y en la resolución de los casos, hechos incompatibles con la función tuitiva y de servicio público propia de la jurisdicción, ello con el riesgo evidente de rebajar el rigor y la calidad de nuestro trabajo en general y de las sentencias en particular, en detrimento de la función social que cumplimos y de nuestra dignidad profesional. En cualquier caso, la situación está afectando de manera ya bien patente a la salud de los compañeros/as de instancia, siendo notorio que son cada vez más frecuentes los episodios de incapacidad temporal con causas relacionadas con el estrés, la ansiedad o el denominado síndrome del burnout. O se asume de inmediato la gravedad de la situación o las consecuencias en el servicio y en nuestra salud serán irreversibles.

Las Juntas de los Juzgados de lo Social de Madrid, Barcelona, XXXX solicitan por todo ello del Consejo General del Poder Judicial, del Ministerio de Justicia, y de las Administraciones Autonómicas con competencias para ello, la inmediata adopción de medidas que pongan remedio a la dramática situación que se ha expuesto.